Contenido
Convocatorias y prestaciones
Ofertas de formación
Admisión de alumnos a Formación Profesional Básica (Curso 2020/2021)
En tramitación
Inicio: 25 junio 2020 |
Fin: 01 julio 2020
Inicio: 25 junio 2020 |
Fin: 01 julio 2020
¿Qué es? >
Procedimiento para acceder a estudios de formación profesional básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede? >
1. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
2. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (tercero de ESO), o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso.
3. Haber sido propuesto por el equipo docente al padre/madre o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
¿Qué necesitas presentar? >
1. Solicitud, según modelo oficial.
2. Copia del DNI, NIE o Pasaporte.
3. Copia del consentimiento de los padres o tutores legales sobre la propuesta de incorporación a FPB (Anexo XVII de las Instrucciones de la DG de Educación Infantil, Primaria y Secundaria por las que se establecen los modelos de documentos de evaluación de ESO para el curso 2016-17).
4. Certificado oficial acreditativo de discapacidad emitido por el organismo competente de cada CC.AA. (en el caso de optar a reserva de plaza por discapacidad).
5. Certificado oficial acreditativo de condición de deportista de alto rendimiento emitido por el organismo competente o fotocopia del BOE en que el solicitante esté incluido (en el caso de optar a reserva de plaza por este concepto).Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
¿Cómo lo solicito? >
-
Trámite no disponible, fuera de plazo.
Cada solicitante podrá presentar únicamente una solicitud de admisión. La solicitud debidamente cumplimentada y firmada, junto con una fotocopia legible de la misma y resto de la documentación a aportar, se entregará en la secretaría del centro docente que el solicitante señale como primera opción.
Normativa Aplicable >
* Instrucciones de la Viceconsejería de Política Educativa relativas al acceso y admisión de alumnos para cursar ciclos de formación profesional básica en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2020-2021(Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
* Decreto 63/2019, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación y organización de la formación profesional en la Comunidad de Madrid.
* Orden 2578/2016 de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar los ciclos de Formación Profesional Básica.
Órgano Responsable >
-
Consejería de Educación y Juventud
D. G. de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (v. Decreto 21/2002, de 24 de enero – art. 14).