– Adaptar la normativa autonómica a la transposición de la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015, tal como exige el artículo 50 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre.
– Adaptarse a las nuevas formas de negocio que se han impuesto entre las empresas que organizan o comercializan viajes combinados y los requerimientos de las personas viajeras.
– Establecer un marco normativo de actuación en el sector de la intermediación turística en Andalucía en materia de viajes combinados y servicios de viaje vinculados, ampliando los derechos de las personas viajeras y reforzando su protección en la contratación de estos productos, contribuyendo al buen funcionamiento del mercado interior.
– Extender los requisitos de protección frente a la insolvencia a los supuestos de adquisición de servicios vinculados, así como exigir determinados requisitos de información precontractual por parte de las empresas que faciliten su adquisición.
– Recoger el principio de reconocimiento mutuo de los distintos sistemas de garantía frente a la insolvencia existentes en la Unión Europea y el de cooperación administrativa.
– Actualizar la normativa a los sistema de contratación on line.